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El trujamán
Lunes, 26 de julio de 2004


Nomenclatura de los refrigerantes

Por Manuel Sevilla Muñoz y Julia Sevilla Muñoz

En determinadas ramas del saber, como en botánica, química o anatomía, entre otras, es preciso formar gran cantidad de términos para nombrar los elementos que constituyen su objeto de estudio. Para ello, se han constituido comisiones de carácter internacional, que han establecido normas para formar nuevos nombres siempre que sea necesario. Tales normas guardan relación con la manera en que se clasifica aquello que se desea nombrar. El conjunto de los términos resultantes de la aplicación de esas reglas prefijadas es lo que entendemos por nomenclatura.

El conocimiento de las nomenclaturas resulta indispensable para la traducción especializada. De todas ellas, abordaremos la nomenclatura de los refrigerantes, contemplada en el artículo 11 del Reglamento de Seguridad para Plantas e Instalaciones Frigoríficas (Real Decreto 3099/1977, de 8 de septiembre) y desarrollada en la Instrucción MI IF 002 (Clasificación de los Refrigerantes), en la que se llama «Nomenclatura Simbólica Numérica».

De acuerdo con el reglamento, los refrigerantes se pueden denominar por su fórmula química o por su expresión simbólica numérica. Además, existe un nombre comercial que debe ir acompañado por alguna de las dos formas anteriores, de acuerdo con la normativa vigente.

Esta nomenclatura, desarrollada inicialmente por la empresa fabricante de refrigerantes Du Pont, pretende evitar confusión en este campo, generando términos invariables e independientes del idioma, lo que facilita la labor del traductor. Esta pretensión es común a todas las nomenclaturas, aunque, finalmente, no se consiga por completo, porque la nomenclatura evoluciona con los nuevos descubrimientos de la ciencia que la estableció y, con el tiempo, acaban conviviendo las denominaciones oficiales con otras que también fueron admitidas en el pasado pero que luego fueron reemplazadas por otras, como muy bien ilustró en esta sección Fernando Navarro en su artículo «Rochalimaea quintana».

Hasta la fecha, que nosotros sepamos, la nomenclatura de los refrigerantes no presenta tales problemas, quizá porque se basa en la composición química, algo que, en principio, debe ser invariable. Pero existen otras posibles razones: el ser demasiado joven y que no haya habido tiempo o necesidad (no hay tantos refrigerantes para nombrar como plantas, moléculas o músculos, tendones, vasos sanguíneos...) para una reforma; que está vigilada, no sólo por la comisión internacional que la formula, sino por la legislación de los diferentes países. También contribuirá el hecho de que los refrigerantes más antiguos, como los CFC y los HCFC, se han dejado de fabricar (por dañar la capa de ozono y contribuir al efecto invernadero) y no ha existido la posibilidad de renombrarlos. El tiempo nos mostrará la evolución de esta nomenclatura.

 


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