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La importancia y la representatividad que han alcanzado los grupos hispanos en la sociedad
actual estadounidense se hace palpable no sólo en los datos cuantitativos demográficos,
sino también en las inquietudes y los temores de muchos norteamericanos. En años
recientes han surgido algunas voces de alarma por parte de ciertos sectores de la
población estadounidense que se sienten amenazados por el crecimiento de la población
hispana, y preocupados por los cambios que este hecho pueda ocasionar en su entorno
lingüístico y en sus oportunidades de trabajo. Durante la recesión mundial de los años
setenta y ochenta, muchos norteamericanos empezaron a ver a los extranjeros como una de
las posibles causas de desempleo del país y como receptores privilegiados de gran parte
de los beneficios sociales que ellos mismos necesitaban. Ya entonces algunos empezaban a
considerar a los inmigrantes como una carga excesiva para la nación; y ahora, cuando los
datos demográficos muestran cifras muy altas de inmigración hispana, las voces de alarma
se repiten. La situación actual preocupa a muchos, pues Estados Unidos ha pasado a ser la
cuarta nación en el mundo en cuanto a población de hablantes de español. Según las
estadísticas de los últimos años, el grupo estadounidense blanco decrece
considerablemente, mientras que la población hispana y asiática aumenta a ritmo
acelerado. Los datos indican que en 1982 había 15,8 millones de hispanos, que
representaban aproximadamente el 7 por ciento de la población general, y que alcanzaron
ya el 11,1 por ciento en 1997, con una población de 29,7 millones, lo que los aproxima ya
al tamaño de la población negra, que representa el 12,8 por ciento de la población
total (con 34,2 millones). Las proyecciones del Current Population Report de 1997
estipulan que en los próximos años la sobrepasarán, y que la población hispana (o
latina, como se prefiere llamarla actualmente) «después del 2020 añadirá más gente a
Estados Unidos cada año que todos los otros grupos étnicos combinados» [1]. Spencer 1986 ya preveía este descenso proporcional de los
norteamericanos blancos, y otros cálculos demográficos lo han ido confirmando; por ello,
la población general crece a ritmo cada vez más lento [2]. A partir del 2025, el grupo de raza blanca podría tener
el ritmo de crecimiento más lento de su historia. Así se ve en la tabla 1a, recogida del Current Population Report de
1996, donde aparece la población segmentada en grupos étnico-raciales, los blancos (no
hispanos) son los únicos que descienden en número [3]. Contrastadas las cifras y porcentajes de los distintos
grupos raciales (tabla 1b), se observan las significativas
proporciones de la población hispana frente a la general y a la de los otros grupos.
Aunque los informes de población de años anteriores presentaban proyecciones algo más
moderadas, la tendencia general es la misma y los últimos informes, que son los que
presentamos en las tablas, permiten ser optimistas al respecto. Esta representatividad y
la distribución racial actual muestran que la composición demográfica de Estados Unidos
está cambiando y que etnográficamente será mucho más variada de lo que ha sido hasta
ahora. Estos postulados se repiten incesantemente en todos los cálculos cuantitativos. |
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Tabla 1a
Distribución de la población por razas (1995-2050) |
Año |
Hispanos |
Blancos |
Negros |
Indios
am. |
Asiáticos |
1990 |
22.549 |
188.601 |
29.374 |
1.802
|
7.076 |
1995 |
26.936 |
193.566 |
31.598 |
1.931 |
8.788 |
2000 |
31.366 |
197.061 |
33.568 |
2.054 |
10.584 |
2020 |
52.652 |
207.393 |
41.538 |
2.601 |
18.557 |
2050 |
96.508 |
207.901 |
53.555 |
3.534 |
32.432 |
Fuente:
Current Population Reports (Day, 1996:12).
Datos en miles. Las categorías blanco, negro, indio y asiático no incluyen hispanos. |
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Tabla 1b
Porcentaje de la distribución de la población según raza
(1995-2050) |
Año |
Hispanos |
Blancos |
Negros |
Indios
a. |
Asiáticos |
1990 |
9,0% |
75,6% |
11,8% |
0,7% |
2,8% |
1995 |
10,2% |
73,6%
|
12,0% |
0,7% |
3,3% |
2000 |
11,4% |
71,8% |
12,2% |
0,7% |
3,9% |
2020 |
16,3% |
64,3% |
12,9% |
0,8% |
5,7% |
2050 |
24,5% |
52,8% |
13,6% |
0,9% |
8,2% |
Fuente:
Current Population Reports (Day, 1996:13).
Las categorías blanco, negro, indio y asiático no incluyen hispanos. |
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En la tabla 1c se
presentan los últimos datos de 1997. Como se ve, la tendencia al aumento se mantiene.
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Tabla 1c
Últimos datos poblacionales sobre los hispanos (1997) |
Población
total |
Hispanos
|
%
|
266.792.000 |
29.703.000 |
11 |
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Ante estas cifras, y
debido a que la inmigración se señalaba como el factor más importante en el crecimiento
de los grupos hispanos, el Gobierno estadounidense se vio en la necesidad de examinar la
política migratoria. Se quería controlar en particular la inmigración ilegal procedente
de México y de Centroamérica, que era la más numerosa [4]. Gran parte de los estadounidenses se preguntaba si el
Gobierno era capaz de llevar a cabo la empresa o si, por el contrario, esa labor estaba ya
totalmente fuera de su alcance. Otra duda que comenzó a manifestarse era si los
inmigrantes eran beneficiosos para el país o si los «braceros» desempeñaban labores
que podían realizar los ciudadanos estadounidenses menos calificados. Estos
planteamientos hicieron que en noviembre de 1986 se aprobara una ley migratoria especial,
la Immigration Reform and Control Act (IRCA), que constituía el mayor cambio en la
política de inmigración desde 1960 y que, aunque continuaba favoreciendo a los que
venían a trabajar en el campo, creaba un nuevo esquema de relaciones sociales y
económicas para los inmigrantes. La IRCA contiene cinco grandes programas: legalización
de indocumentados [5], prohibición
de empleo a ilegales, con sanciones a los empresarios que no la cumplan, pero también con
medidas protectoras contra la discriminación [6], ayuda económica a los Estados por los gastos que
producen los nuevos ciudadanos legales [7],
programa de ayuda a los inmigrantes durante el proceso de verificación (SAVE) [8] y provisiones especiales para los trabajadores de la
agricultura [9].
Posteriormente, en 1996, se aprobó la Illegal Immigration Reform and Immigrant
Responsability Act (IIRIRA), que entró en vigor en abril de 1997. Esta ley contiene
medidas complementarias encaminadas a agilizar la deportación de ilegales, endurecer las
sanciones por retraso en la salida de los poseedores de visados temporales y restringir
las ayudas sociales a los inmigrantes en general [10]. Con ella, los beneficios de la «Ayuda», el SSI y los
«Cupones» serán sólo para los ciudadanos. A los inmigrantes se les provee de un
sistema mucho más restringido de ayuda, en el que participan los Gobiernos federal,
estatal y local.
Se creía que estas leyes
restrictivas iban a tener profundos efectos en la vida social y económica del país,
especialmente en el suroeste, en California, donde se encuentra la mayor cantidad de
ilegales; pero hasta ahora los resultados no son muy claros y, en general, la
representación numérica de las comunidades hispanas no parece haber cambiado mucho.
Muchas variables son aún desconocidas, como, por ejemplo, cuántos extranjeros tienen
derecho a la legalización y cuánta ayuda se obtendrá de los empresarios que deben
declararlos. Hasta ahora, sólo se ha conseguido aumentar el número de peticiones de
ciudadanía: 2,7 millones de indocumentados recibieron estatuto legal bajo el IRCA en los
últimos diez años, con la particularidad de que cada año se registra un aumento en el
número de juramentos de ciudadanía. Una vez se han convertido en ciudadanos, los
inmigrantes pueden, a su vez, reclamar a sus familiares y llevarlos a Estados Unidos. Si
no reunieran las condiciones económicas suficientes para hacerlo, por tener ingresos muy
bajos, se permite que cualquier persona amiga que cumpla los requisitos asuma las
responsabilidades correspondientes.
El Gobierno toma medidas en muchas
ocasiones contradictorias. Así, aunque durante los años 1997 y 1998 ha estado llevando a
cabo con cierta energía la deportación escalonada de ilegales, actualmente, por ejemplo,
está considerando otra amnistía para los ilegales de Centroamérica, por las
circunstancias tan adversas que han sufrido sus países como consecuencia del huracán
Mitch. Todo esto hace impredecible no sólo el número de legalizaciones que puedan darse
en adelante, sino también los resultados finales de cualquier medida restrictiva. Desde
luego, una cosa está clara: el flujo de ilegales no ha cesado.
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| NOTAS: |
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1. Traducción nuestra de: «In fact, after 2020 the Hispanic population
is projected to add more people to the United States every year than would all other
race/ethnic groups combined» (que ya recogía Day, 1996:1).
2. Spencer (1986) contiene la primera proyección producida por
el Gobierno federal de la población de origen hispano por edad, sexo y raza para los
años 1983-2080, coherentes con el Current Population Survey de mayo de 1980. Sus
datos no coincidían con otras publicaciones anteriores porque Spencer (1986) realizaba
por primera vez proyecciones de indocumentados.
3. Las categorías étnico-raciales empezaron a revisarse en el 1993.
Las que se propusieron son las que aparecen en algunas tablas, que distinguen entre raza y
origen: blanco; negro; asiático (o isleño del Pacífico); indio americano (esquimal o
aleuta); hispano; blanco -no hispano-; negro -no hispano-; asiático -no hispano-; e indio
americano -no hispano-. Son las llamadas «categorías guionadas».
4. Determinados países se han visto beneficiados porque el Gobierno
dictó medidas migratorias especiales para ellos en períodos históricos específicos.
Entre ellos: Cuba (con los marielitos), Nicaragua, El Salvador y Costa Rica. México, El
Salvador y Nicaragua suelen proveer la mayor cantidad de deportados. Recientemente, en
noviembre de 1998, el Gobierno suspendió la deportación de salvadoreños, hondureños,
nicaragüenses y guatemaltecos debido a que sus países habían sufrido muchas pérdidas
por el huracán Mitch.
5. El IRCA permite solicitar la legalización a cualquier residente
ilegal que esté en Estados Unidos desde 1982. Para ello es obligatorio justificar que no
será una carga para el país. Distintas entidades y organizaciones sociales y religiosas
ayudan al Estado facilitando los documentos y proporcionando asesoría a estas personas.
El propósito de la ley es doble: ayudar en la legalización de los indocumentados que
cumplen los requisitos y, a la vez, identificar a los que no pueden ser admitidos por sus
circunstancias personales, que serán deportados.
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6. Con esta ley, cualquier extranjero no autorizado que esté trabajando
infringe la ley, y a quien se penaliza es al patrono. Éste tiene que llenar unos
formularios especiales por cada nuevo empleo que tramita, en el que se le exige comprobar
la situación de legalidad del empleado. Esta parte de la ley se hizo totalmente efectiva
en junio de 1988, con multas que oscilan entre 250 y 10.000 dólares por indocumentado.
Para evitar que haya discriminación en el empleo se han tomado medidas suplementarias que
penalizan a los empresarios que las practican. Hasta ahora son escasos los procesos de
este tipo. Además, la ley establece que quienes solicitan asilo tienen automáticamente
derecho a trabajar mientras se deciden sus casos.
7. Para
acallar las quejas respecto a que, por deficiencia del Gobierno en el manejo de la
inmigración los distintos estados tenían que sufragar costos considerables en salud,
educación y servicios sociales, se les ofrece un reembolso de los gastos de
legalización. El HHS (Health and Human Services) reparte cada año entre los estados,
desde 1988, unos 4.000 millones de dólares. En octubre de 1998 Florida ha conseguido que
el Gobierno federal pague los gastos de cualquier inmigración masiva a ese Estado.
Florida tiene un flujo masivo de extranjeros: centenares de haitianos y cubanos tratan de
entrar diariamente al país. A partir de ahora, la oficina del INS podrá trasladar más
recursos al sur de Florida sin necesidad de la aprobación previa de Washington.
8. Se crearon
una serie de programas piloto para verificar la «elegibilidad» de los extranjeros a los
distintos programas federales de bienestar social. La ley exige que todos los estados
participen en el nuevo SAVE (Systematic Alien Verification for Entitlement) o que tengan
un programa de ayuda similar.
9. El IRCA
hace revisiones periódicas de las solicitudes de los trabajadores agrícolas temporeros
(programa H-2A). La intención es admitir con cierta flexibilidad a extranjeros para estas
labores, si se demuestra que no hay estadounidenses disponibles. A los trabajadores
temporeros se les conceden beneficios: si están noventa días trabajando durante tres
años sucesivos, pueden optar a residencia permanente, y con dos años más, pueden
solicitar la ciudadanía.
10. Bajo la
nueva ley, a los ilegales que permanecen en el país durante más de 180 días, se les
niega la entrada durante tres años; si es por 365 días o más, durante diez años; si
salen voluntariamente por sus propios medios, podrán volver a Estados Unidos sin trabas. |
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