Julia Escobar
Hasta hace no mucho en España el mercado de la traducción y la interpretación estaba relegado a la iniciativa privada, basada en las relaciones más o menos directas entre usuarios y traductores, pero hace ya unos años que esto no es así debido a una serie de factores sobradamente conocidos entre los que destacaré, por su mayor incidencia en el hecho traductivo, la intensificación de las relaciones internacionales, políticas e industriales, con la consiguiente proliferación de congresos y simposios, el turismo, que ha dejado de ser estacional, la oficialización del multilingüismo, tanto dentro de nuestro país como en la Unión Europea, la recuperación del sector editorial, todo ello apoyado por el consabido incremento en la transmisión e informatización de datos.
Estas premisas han influido de forma espectacular en el cambio experimentado durante esta última década y han conducido a un aumento en la demanda de traductores e intérpretes, lo que implica también una mayor profesionalización así como la necesidad de una formación más específica y continuada.
En este apartado me voy a centrar en la práctica profesional y en el mercado que la canaliza, tal y como está configurado en la actualidad y que ha dejado muy lejos ya las divisiones tradicionales Dicho mercado se reparte principalmente en dos grandes sectores. Uno que podríamos llamar sector público o institucional (ministerios y organismos dependientes de las Administraciones públicas, organismos internacionales y organizaciones no gubernamentales, así como bancos y determinadas empresas) y otro que se desarrolla dentro del sector privado (traductores e intérpretes independientes, agencias de traducción e interpretación, sector editorial).
Si hago esta distinción no es porque considere que los problemas técnicos a los que se enfrentan los traductores e intérpretes que trabajan para ambos sectores sean distintos, sino porque los planteamientos sociales y laborales de su trabajo son radicalmente diferentes. Los traductores del sector público son trabajadores fijos, sujetos a horarios y a condiciones laborales comunes a otros trabajadores y practican modalidades de traducción altamente especializadas, generalmente de tipo jurídico, económico y científico-técnico, mientras que los traductores del sector privado (excepto los de algunas empresas con plantilla fija) son traductores independientes, que trabajan en su propio domicilio y para todo tipo de usuarios (en particular para las agencias de traducción y el sector editorial) y que, en principio, practican todas las modalidades de traducción e interpretación.
En este capítulo están incluidos las traducciones y los traductores que trabajan en los organismos, empresas e instituciones nacionales e internacionales, tanto públicas como privadas. Desde que España y el español han cobrado mayor protagonismo en el plano internacional, sobre todo desde que nuestro país se adhirió al espacio común europeo, se ha generado una oferta sumamente interesante de puestos de trabajo para traductores e intérpretes. La alta cualificación exigida para acceder a ellos está influyendo de manera notable en la formación académica de los traductores, en particular en lo que se refiere a la traducción jurídica y a la traducción científico-técnica que están empezando a robar así su prestigio a la traducción literaria.
Por otra parte, las transformaciones sociales que se avecinan (convivencia multicultural derivada de la libertad de establecimiento, etcétera) así como muchos otros factores de tipo jurídico y político, también afectan directamente a la actividad traductora, tanto en el seno de dichas instituciones como dentro de cada Estado miembro 14. Esta influencia ya se está percibiendo en nuestro país donde cada vez son más numerosas las empresas que tienen departamentos de traducción y aunque no resulta fácil conocer su número exacto ya es bastante frecuente encontrar anuncios en la prensa de asesorías jurídicas, consultoras financieras, empresas de informática, laboratorios, empresas de Investigación y Desarrollo, etcétera, que solicitan traductores altamente cualificados para incorporarse a ellas.
Los organismos internacionales, integrados por un conjunto heterogéneo de naciones plurilingües, llevan a cabo una labor de interpretación y traducción sistemática y organizada de los documentos producidos a raíz de las deliberaciones, reuniones y conferencias que se realizan entre ese abigarrado conjunto de naciones. En consecuencia, dichos organismos disponen de unos servicios de traducción e interpretación independientes y sólidamente estructurados que trabajan según unas normas muy elaboradas y que constituyen, por el elevado nivel retributivo de sus funcionarios, una de las salidas más ambicionadas por los traductores e intérpretes.
Pero su contribución a la bolsa de trabajo de la traducción no se limita, como veremos, al reclutamiento de dichos funcionarios ya que el volumen de trabajo exige la contratación de servicios en el exterior. En los organismos internacionales hay cierto número de lenguas oficiales y todas ellas gozan, en principio, de la misma consideración. Ahora bien, una cosa es la consideración jurídica que efectivamente existe y otra muy diferente su aplicación real. El análisis de esta desigualdad funcional entre las así llamadas lenguas oficiales es sumamente indicativo del peso de cada una de ellas y de su consideración en el mundo, que no es sino el reflejo de la que gozan sus respectivos países.
Al hablar de organismos internacionales me refiero a las instituciones de la Organización de las Naciones Unidas, ONU (seis lenguas oficiales: francés, inglés, español, árabe, chino y ruso, de las que sólo dos: el inglés y el francés, son lenguas oficiales o de trabajo) y a lo que antes se conocía como Comunidad Europea y ahora, después del Tratado de Maastrich, Unión Europea.
La diferencia entre ellas estriba en el hecho de que la ONU es realmente una organización internacional, mientras que la UE es una organización supranacional, matiz que condiciona fuertemente su régimen lingüístico, basado en el principio del respeto al multilingüismo, verdadero baluarte de la libertad de los pueblos que componen la Unión y que a su vez reposa en el idioma, entendido como una de las principales señas de identidad de dichos pueblos. La exhaustividad de los datos que existen sobre la traducción y la interpretación en las instituciones de la Unión Europa me permiten extenderme en el análisis de su estructuración.
El régimen lingüístico por el que se rigen está formulado en el Reglamento n.º 1 de 15 de abril de 1958 que desarrolla el artículo 217 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea de 27 de marzo de 1957, conocido como Tratado de Roma por el cual todas las lenguas oficiales de los Estados miembros son, a su vez, lenguas oficiales y de trabajo (con excepción del luxemburgués, declarada lengua oficial de Luxemburgo en 1984 y la peculiaridad del irlandés, lengua que tiene otro estatuto lingüístico y en la que sólo se publica el derecho primario.
También el catalán y el gallego tienen un tratamiento especial) y, por lo tanto, hay que redactar en ellas todos los Reglamentos, el Diario Oficial de las Comunidades Europeas y demás textos de alcance general, de manera que cualquier versión, en cualquier idioma, es igualmente válida a todos los efectos. Además, en el ya citado Reglamento n.º 1 se dice que, «Por lo que respecta a los Estados miembros donde existan varias lenguas oficiales, el uso de una lengua se regirá, a petición del Estado interesado, por las normas generales de la legislación de dicho Estado», y así, por ejemplo en España, las diferentes lenguas oficiales pueden ser utilizadas a elección del emisor.
A su vez, los textos remitidos por las instituciones de la Unión a los Estados miembros o personas dependientes de su jurisdicción deben estar redactados en la lengua de dicho Estado y si se trata de un país que no pertenece a la UE se utilizará la lengua con la que se le considera más relacionado, por ejemplo el español en el caso de los países hispanohablantes. Aunque no existe ninguna normativa al respecto, en el procedimiento decisorio de las instituciones de la Unión, y sin perjuicio de la oficialidad ya citada de las once lenguas que existen en la actualidad, hay dos categorías de lenguas: las llamadas «lenguas vehiculares», que son las verdaderas protagonistas, en las que se redactan los documentos y a las que se traducen todos los documentos previos, y las llamadas «lenguas traducidas» que son todas las demás y a las que sólo se traduce según la demanda, además de las traducciones obligatorias.
En principio todas las lenguas pueden ser vehiculares, pero las principales son el francés y el inglés y recientemente, aunque todavía en menor medida, el alemán. En lo que se refiere a la presencia del español, a pesar de que su peso en Europa es muy pequeño, el hecho de que se trate de una lengua internacional cuya importancia va en aumento también se refleja de manera indirecta pero eficaz en su presencia en las instituciones de la Unión Europea.
Por ejemplo, la supremacía cada vez mayor del alemán como lengua vehicular tiene, de rechazo, una importante y beneficiosa repercusión sobre el español, pues la mayoría de los candidatos a los puestos de traductores de lengua alemana tienen como segunda lengua, después del inglés, el español en detrimento, por supuesto, del francés. Es de suponer que cuando se produzca la inevitable incorporación de los países del Este, el español también se verá reforzado por la sencilla razón de que en dichos países el aprendizaje del español ha conocido, a través de Cuba, un gran auge.
Cada institución tiene un servicio de traducción independiente, con su propio régimen lingüístico, en el que las diferentes lenguas oficiales también tienen, en la práctica, diferentes jerarquías, lo que se explica por el contenido de las respectivas funciones. En el conjunto de todas ellas, el español ocupa un quinto lugar como lengua de destino y un lugar casi insignificante como lengua de partida. Vale la pena analizarlas una por una, para comprender, a la luz de sus objetivos, la utilización de sus recursos lingüísticos 16.
Comisión Europea. Es la mayor de todas las instituciones de la Unión, tiene unos 14 000 funcionarios. Tiene sedes en Bruselas y Luxemburgo. Su servicio de traducción se compone de 1.200 traductores de las 11 lenguas oficiales, de los cuales 120 son españoles. En dicho servicio se traducen alrededor de un millón de páginas anuales exclusivamente hacia la lengua materna o lengua principal, como ellos mismos dicen para no ofender a las minorías lingüísticas bilingües.
Las 11 lenguas son oficiales y de trabajo pero las principales lenguas vehiculares son el francés y el inglés, lo que les convierte no sólo en los idiomas más utilizados en la redacción de los textos originales, sino también en los más traducidos en uno y otro sentido. Como hemos dicho, la situación del alemán es algo particular porque, a pesar de que son pocos los textos redactados en esta lengua, la versión alemana es necesaria en todas las fases de discusión interna de las propuestas legislativas de forma que cuando se reúnen las veinte Comisarías no empiezan a trabajar hasta que no se dispone de la versión alemana.
Es tal la lucha por la hegemonía lingüística interna que los italianos, cuyo peso político en la UE no es nada desdeñable, no han descansado hasta conseguir esta vez en el terreno de la interpretación que en las reuniones oficiales de la Comisión, además de en inglés, francés y alemán, se hable también en italiano.
En cuanto a la interpretación en las Instituciones de la Unión Europea, me voy a referir a la del Servicio Común Interpretación-Conferencias de la Comisión Europea, considerado como el mayor servicio de interpretación del mundo pues emplea a una media de setecientos intérpretes en las cerca de cincuenta reuniones que celebran diariamente, tanto en Bruselas como en otros lugares, las distintas instituciones: El Consejo de la Unión, la Comisión, el Comité Económico y Social, el Comité de Regiones y el Banco Europeo de Inversiones, así como los diferentes organismos europeos establecidos en los Estados miembros.
Para acceder al puesto de funcionario intérprete, además de los requisitos habituales, se requiere un profundo conocimiento de la actualidad, en particular política y económica, dotes de comunicación oral (expresarse en público con propiedad, soltura y claridad) y excelentes conocimientos de al menos tres de los once idiomas siguientes (incluyendo el materno): alemán, danés, español, finés, francés, griego, inglés, italiano, neerlandés, portugués y sueco. Es interesante destacar la combinación lingüística que se exige a los candidatos de lengua española: tres de los otros diez idiomas o bien francés o inglés más otro idioma oficial que no sean el italiano ni el portugués o bien español e inglés más otro idioma oficial que no sean el italiano ni el portugués 17.
Además de estos servicios lingüísticos fijos o de plantilla (cuerpo de funcionarios lingüistas), se recurre también a la contratación exterior, ampliando así la oferta al sector privado. La contratación se realiza a través de las ofertas públicas 18 y pueden optar a ellas los profesionales de todos los Estados miembros que cumplan los requisitos exigidos.
Dentro de la traducción institucional hay que contar también con la oferta generada por las Organizaciones No Gubernamentales (ONG), algunas de las cuales 19 tienen en su nómina a centenares de traductores que por el tenor de sus cometidos están continuamente recibiendo y generando información en todos los idiomas, tanto en lo que se refiere a documentos escritos como a congresos y coloquios.
La situación en la Administración española es muy ambigua. En principio sólo se reconoce oficialmente en materia de traducción e interpretación la que se realiza en la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores, donde existía un Cuerpo de Interpretación de Lengua que ha sido sustituido en 1991 por el Cuerpo de Traductores e Intérpretes adscritos exclusivamente a dicho Ministerio.
La existencia de este cuerpo oficial no implica que tenga el monopolio de las traducciones que se realizan en los Ministerios y otros organismos oficiales, pues desde hace ya mucho tiempo, en particular desde que, por los años ochenta se empezaron a contratar traductores que procedían generalmente de la traducción literaria y de la traducción independiente para traducir el derecho derivado al español (requisito indispensable para la Adhesión), los demás Ministerios y organismos dependientes de las administraciones públicas han ido cubriendo su necesidad, cada vez más creciente, de traductores, bien con funcionarios procedentes de otros cuerpos y capacitados lingüísticamente, bien contratando personal laboral en oferta de empleo público.
A pesar de que en dichas ofertas los traductores e intérpretes figuran en el Grupo A, hay un desajuste en la aplicación de las respectivas categorías que afecta a gran número de contratados laborales de los diferentes organismos públicos y que es un síntoma más de la indefinición e indefensión de la figura del traductor dentro de la Administración y de la sociedad españolas. Si al elevado número de traductores contratados por los Ministerios, empresas públicas y otros organismos dependientes de la Administración Central sumamos los que sin duda existen en las Administraciones autonómicas, en la actualidad estos profesionales (cuyo número exacto es difícil debido a la mencionada indefinición de su estatuto) componen un grupo lo suficientemente numeroso como para que se tomen en cuenta sus reivindicaciones 20.
Hay también otro colectivo de traductores víctima de la citada indefinición y a quienes la oficialización de los estudios de traducción e interpretación afecta especialmente. Me refiero a los Intérpretes Jurados que están a caballo entre la traducción institucional (es el Ministerio de Asuntos Exteriores quien, a través de la Oficina de Interpretación de Lenguas, convoca los exámenes para conseguir el título) y los traductores independientes, ya que su actividad es completamente privada.
Los requisitos para acceder a dicho título han sufrido recientemente una serie de modificaciones muy polémicas, pues se exime del examen a los candidatos en posesión de la licenciatura de Traducción e Interpretación que hayan superado determinados créditos de traducción jurídica. Los Intérpretes o Traductores Jurados (trabajan en las dos variantes, la oral y la escrita) intervienen en las transacciones comerciales, en la convalidación de títulos, estatutos de sociedades, interpretación ante los tribunales y todos aquellos procedimientos que requieran una certificación oficial o «traducción jurada», por lo tanto, las modalidades de traducción que practican son las inherentes a esas materias.
El traductor independiente conserva muchas de las características que definían al traductor en épocas menos especializadas: muchos de ellos simultanean su trabajo con otras actividades (puede ser profesor, o escritor, o tener otro tipo de empleo) 21, es polifacético y multidisciplinario (algunos de ellos practican todas las modalidades de traducción) y suelen trabajar esporádicamente. También es el tipo de traductor que puede surgir por multitud de razones: creatividad o identificación con el autor (en el caso de la traducción literaria) o por otras razones totalmente coyunturales que rozan a veces la improvisación y el intrusismo.
Pero cada vez hay más profesionales que se dedican exclusivamente a la traducción independiente pues la demanda de esta forma de trabajo autónomo (teletrabajo o a domicilio) ha aumentado en todos los tipos de traducción y de interpretación, debido entre otras cosas, al correo electrónico y otras «facilidades». A ellos acuden las editoriales, las agencias de traducción y, como hemos visto, las empresas y organismos (públicos y privados) cuando el exceso de trabajo les obliga a contratar en el exterior. También son los que atienden al mercado que genera el cada vez más pujante sector de las comunicaciones (prensa, televisión, cine, publicidad, etcétera), bien sea individualmente, bien sea a través de las agencias de traducción e interpretación.
Las agencias de traducción son uno de los mayores usuarios de este tipo de traductores. Son empresas de servicios que realizan trabajos de traducción e interpretación para otras empresas o para particulares. Los precios que ofrecen a sus clientes suelen ser muy competitivos con el fin de conseguir el mayor volumen de trabajo posible. Las agencias de traducción han proliferado en los últimos tiempos debido a los mismos factores que han impulsado la traducción en los demás sectores.
Las hay que ofrecen todo tipo de traducciones (desde la de una simple carta hasta un informe comercial o técnico, un artículo de prensa o un guión de cine) y las hay especializadas en textos legales o médicos, e incluso en catálogos de arte, folletos turísticos o textos literarios. Estas últimas suelen completar su oferta con otros servicios editoriales, como corrección de estilo y de pruebas o composición de textos y diseño gráfico. También hay agencias de interpretación que canalizan gran parte del volumen de trabajo de esta profesión.
Aunque la calidad del servicio que proporcionan las agencias de traducción e interpretación ha mejorado considerablemente durante estos últimos años, existen todavía focos incontrolados donde el anonimato y la dispersión fomentan el intrusismo laboral y la escasa fiabilidad de los servicios prestados 22.
Pocas son las editoriales que a la hora de programar su línea editorial se pueden abastecer exclusivamente de lo escrito en su propio idioma, en particular para algunas materias y en un mercado cada vez más pujante. Ni siquiera las culturas más autárquicas pueden permitirse el lujo de prescindir de lo que se piensa y escribe en otros ámbitos lingüísticos y culturales y tienen que recurrir a la traducción para completar su oferta.
La UNESCO, publica un Anuario Estadístico, que abarca las siguientes áreas de producción cultural: educación, gastos de la educación, ciencia y tecnología, bibliotecas, edición de libros, periódicos y revistas, papel cultural, películas y cines, radiodifusión sonora y televisión y comercio internacional de impresos. Para España, la bibliografía la establece el Instituto Bibliográfico Hispánico de Madrid (Biblioteca Nacional). Hasta 1993 el apartado correspondiente a la edición de libros incluía datos sobre la traducción pero con un desfase de más de un lustro y, por lo tanto, con unos datos tan antiguos que, aunque pueden resultar de gran utilidad para los historiadores de la traducción, carecen de interés para el análisis de la situación actual que persigue este ensayo 23.
Los datos que proporciona la Dirección General del libro 24 (procedentes de la Agencia Española ISBN, de la propia Dirección General del Libro y del Instituto Nacional de Estadística) sobre el sector editorial nos permiten cuantificar con bastante exactitud el número de traducciones que se realizan en España y evaluar mejor determinados comportamientos culturales, uno de cuyos parámetros es, ya lo sabemos, la traducción. También nos permiten aproximarnos al número real de usuarios. Por ejemplo, durante el año 1996 hubo 3.400 agentes editores, de los cuales un 77,3% eran editoriales privadas, un 14,5% instituciones públicas y un 8,2% instituciones sin ánimo de lucro y autores que se financiaron su propia edición.
Todos ellos fueron clientes potenciales de traducciones lo cual amplía el mercado de la traducción editorial de manera considerable. En España, la actividad traductora, que siempre ha sido excelente, ha ido incrementándose desde la década de los ochenta y se ha estabilizado durante estos últimos cinco años, situándose en torno a la cuarta parte de la producción total de títulos, como se puede ver en el cuadro 1 y en el cuadro 2.
Desde 1994 en la Panorámica se detallan las reediciones y reimpresiones, aunque no en lo que respecta a las traducciones, pero de todas formas, y en ausencia de datos más fidedignos, podemos hacernos una idea relativa del volumen de traducciones que contratan los editores anualmente. Por eso vale la pena comprobar más de cerca la evolución durante estos últimos cinco años:
Si comparamos estos porcentajes con el resultado alcanzado en otros países europeos comprobamos que durante el año 1995 (los datos de 1996 no están disponibles) en Italia se tradujeron 13.030 títulos, (26,40% sobre la oferta total), en Alemania se mantuvo un volumen de traducción relativamente importante: 10.206 (oferta total, 14,4%), en Portugal 2.488 (oferta total 38,1%) y en Francia descendió estrepitosamente con sólo 1.671 libros traducidos (oferta total, 4,8%), aunque este último dato es de 1994.
En cuanto a la frecuencia de las traducciones por lenguas, el inglés sigue estando a la cabeza, con la particularidad de que el segundo lugar lo ocupa por primera vez el castellano en detrimento del francés. La razón hay que buscarla en el incremento de las traducciones entre las lenguas españolas que suponen el 18,6% (2.203 libros) del total de traducciones y la disminución progresiva de la traducción en lenguas extranjeras que este año únicamente representan el 19,2% del total de libros editados. En el cuadro 3 se puede comparar los datos de 1996 con los del año anterior.
Todavía no disponemos de los datos comparativos de 1996, pero en 1995 el predominio del inglés es una característica común a toda Europa, pues las obras traducidas en Francia de este idioma representan el 73,25% de todos los libros traducidos en dicho país, en Alemania el 69,44% y en Italia el 52,37%. Ahora que sabemos cuánto se traduce y de qué idiomas habría que analizar cuáles son las materias de las que se traduce y cómo están repartidas, dentro de ellas, las traducciones. En el cuadro 4 se reflejan los resultados más recientes.
Estos últimos datos nos permiten comprobar la versatilidad de los traductores de libros y sus muy variadas especialidades y procedencias. Por lo general, la traducción editorial o traducción de libros está asimilada a lo que se suele llamar también traducción literaria. Es el tipo de traducción más prestigiosa de todas (aunque la peor retribuida), en particular en su vertiente auténticamente literaria, que muchas veces se apoya ventajosamente en el prestigio del autor traducido.
En esta categoría, además de la traducción «literaria» (en el sentido anglosajón del término es decir, de obras de ficción), están incluidas también las traducciones de obras de «no ficción» ya se trate de humanidades, ciencias artes o cualquier otra especialidad. La importancia de las materias traducidas, la incidencia que su lectura tiene sobre la formación lingüística del lector, la trascendencia de algunos de sus autores, nos obligan a llamar la atención de los responsables editoriales sobre los peligros que entraña una profesionalización mercenaria, sin vocación ni formación, reclutada de cualquier manera y a cualquier precio.
No quiero concluir este apartado sin referirme a la revolución que supone en el ámbito de la traducción los programas de traducción asistida por ordenador y la existencia de redes de información que permiten comunicarse entre si, a través de todo el mundo, a profesionales y estudiosos de la traducción. En lo que se refiere a la traducción asistida o automática 26, además de las repercusiones lingüísticas (no hay que olvidar la inevitable simplificación léxica y sintomática), las que pueden resultar de su aplicación profesional son inesperadas, en particular en el campo de la traducción institucional.
En cuanto a las redes de información, hay que consignar que la presencia de la traducción dentro de ellas está constituyendo ya una realidad a la que pocos profesionales deberían sustraerse. Por ejemplo se calcula que en Internet 27, la Red de Redes, hay treinta millones de usuarios en la actualidad y que dentro de diez años serán aproximadamente cien millones. En Internet se puede encontrar no sólo listas de correos y listas de distribución sino también grupos de noticias y páginas de traductores (algunos de los cuales proponen alternativas lingüísticas no siempre aceptables), que incluyen debates, artículos, documentación, anuncios de servicios profesionales, etcétera, así como diccionarios, glosarios (por ejemplo, EURODICATOM, una de las bases de datos terminológicas de la Unión Europea más importantes) y repertorios bibliográficos de las entidades que están integradas en ellas (y prácticamente ya lo están casi todas) de forma que podemos consultar los fondos de la Biblioteca Nacional o el Index Translationum sin movernos de nuestro lugar de trabajo.
Las redes rompen con los formatos y los cauces habituales de comunicación y difusión de publicaciones y no sólo plantean lenguajes específicos, sino nuevos y muy arduos problemas de índole jurídica como puedan ser los derechos de autor y de distribución 28.
El movimiento asociativo empezó en España muy pronto, en el año 1954, cuando un grupo de diplomáticos y de funcionarios del Ministerio de Asuntos Exteriores, como Julio Gómez de la Serna y Marcela de Juan, responsable de la Oficina de Interpretación de Lenguas, así como de traductores literarios procedentes del exilio, como Consuelo Berges, fundaron APETI (Asociación Profesional Española de Traductores e Intérpretes) y se integraron en la F.I.T. (Federación Internacional de Traductores), ong creada un año antes, afecta a la unesco.
Eso supuso el inicio de un movimiento asociativo que se ha visto incrementado con el reconocimiento de la diversidad lingüística del Estado español, hasta el punto de que en la actualidad en España existe un número muy elevado de asociaciones de traductores e intérpretes 29. Los objetivos de todas ellas son, en términos generales, muy parecidos: velar por la defensa de los intereses profesionales, representar a los traductores ante la instancias oficiales y las demás instituciones relacionadas con la traducción y conseguir un reconocimiento público acorde con la función realizada.
A pesar de todo lo anterior, la figura del traductor y del intérprete carece todavía de normativa legal específica, de forma que cualquiera con competencia lingüística puede practicar ambas profesiones. Esta ausencia de normativa jurídica en nuestro país no es una excepción: algo muy similar ocurre en el resto de los países de la UE. Por ello la Comisión, a través de su comité de Asuntos Culturales propone que se elabore un modelo de Estatuto profesional en colaboración con las autoridades y los medios profesionales 30.
Cada Estado miembro puede regular la profesión como le parezca teniendo en cuenta, entre otras cosas, la diversidad de traducciones, la formación y la especialización de los traductores así como el respeto a las normas impuestas por la libre circulación en el seno de la Unión Europea que se rigen por la directiva del Consejo de 21 de diciembre cuyo objetivo es impedir que los ciudadanos de cualquier Estado miembro se vean excluidos de la práctica de la profesión regulada en otro Estado miembro. Por su parte la UNESCO había elaborado en 1979 la Recomendación de Nairobi par prevenir la protección jurídica de los traductores y de las traducciones y los medios prácticos de mejorar su situación y la O.I.T. (Organización Internacional del Trabajo) ha delimitado los perfiles laborales de ambas profesiones bajo los epígrafes 1-95-30 y 1-95-40 del documento de la «International Standard Classification of Occupations».
En España, los traductores e intérpretes que trabajan por su cuenta, ya sea para el sector público o para el sector privado, están sujetos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), al Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y a la afiliación y cotización a la Seguridad Social y al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) (excepto los traductores literarios que al ser considerados autores de una obra derivada están exentos del pago de este impuesto). Vemos que por el momento la sociedad sólo es exigente con el traductor en lo que se refiere a sus obligaciones fiscales.
Hay un grupo de traductores que gozan de un reconocimiento y de unos derechos especiales, fruto del trabajo de las asociaciones. Me refiero a los traductores literarios, en su acepción más lata de traductores de libros, reconocidos como autores en la Ley de Propiedad Intelectual de 11 de noviembre de 1987. Sin embargo, así como la propiedad intelectual de la traducción está garantizada, no lo está tanto ni el reconocimiento ni la percepción de los derechos de autor del traductor, de forma que se producen situaciones tan dispares y disparatadas como las que se reflejan en los estudios ya citados 31.
La entidad que regula los derechos de autor es el Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO), sociedad de gestión a la que pueden pertenecer todos los autores y traductores de libros, a título personal pero a cuya Junta directiva pertenecen representantes de determinadas asociaciones de traductores.
La reivindicación de los traductores como propietarios de su obra no está exenta de connotaciones que deberían revertir sobre su calidad, porque si el traductor es el propietario de su traducción también será el responsable y son ya bastantes las voces que exigen un control de calidad que debería de ser reclamable por parte del usuario final, esto es por parte del lector. Como dice el profesor Julio César Santoyo, «el traductor se mueve en medio de una impunidad aterradora» 32, para no hablar de los problemas relacionados con la responsabilidad del traductor técnico (manuales de uso), o del intérprete jurado 33.
Pero hay muchos intereses que se oponen a dicho control y, en definitiva, habría que remitir la responsabilidad a los editores de libros, redactores de periódicos y revistas, cadenas de televisión, laboratorios, etcétera, que también se mueven «en medio de una impunidad aterradora» y que, al no valorar debidamente la importancia de la traducción en la calidad final de su producto, muchas veces contratan indiscriminadamente y a la baja y se reservan, además, el derecho a someter la traducción a un proceso de reelaboración o de censura llevado a cabo por personas sin la suficiente competencia lingüística.
La traducción de los documentos y escritos que hacen referencia a la comunicación institucional y comercial obedecen a la aplicación de las normativas legales y a las necesidades del intercambio comercial. No precisan ningún otro estímulo para que se realicen. No ocurre lo mismo en el sector editorial donde dichas ayudas sirven de acicate para la traducción de cierto tipo de textos que tendrían serias dificultades para introducirse en el mercado, algunas por su escasa repercusión comercial y otras por el elevado coste de la traducción.
Conviene señalar que las ayudas consisten generalmente en subvenciones directas o indirectas a traductores y editores así como en premios o becas a traductores. La política de ayudas a la traducción varía notablemente de un país a otro al no tener todas las lenguas el mismo nivel de difusión. Sin embargo, analizándolas con detenimiento se observa en todos los países dos tipos de ayuda: la destinada a promover su cultura en el exterior, lo que se conoce como extraducción, y la destinada a promover la traducción de obras de otras lenguas a la propia, o intraducción.
En lo que respecta a las diferentes políticas nacionales, hay una tendencia cada vez mayor por parte de las lenguas de gran difusión como el inglés, el español, el francés, y el alemán a favorecer la expansión hacia el exterior, aunque en algunos países como España, Francia y Alemania se practican ambas modalidades.
En España, el principal promotor de la política de intraducción y de extraducción es el Ministerio de Educación y Cultura, a través de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas. Su acción se estructura de la manera siguiente.
Dentro de la convocatoria anual a las ayudas a la creación literaria, además de las modalidades de poesía, narrativa y ensayo, existían hasta hace poco unas ayudas a la traducción a cualquiera de las lenguas del Estado español de obras originales escritas en otros idiomas dentro del campo de las humanidades. Dichas ayudas estaban dirigidas a subvencionar directamente a los traductores, independientemente de la publicación de la traducción. Aún no se sabe por qué tipo de acción van a ser sustituidas. En la actualidad sólo están en vigor:
Podemos ver que los autores contemporáneos más solicitados son también los más «comerciales» y más de moda en nuestro propio país (Javier Marías, Vázquez Montalbán, Arturo Pérez Reverte, Juan Goytisolo, Almudena Grandes, Carmen Martín Gaite y otros por el estilo), lo que indica que la demanda de los editores extranjeros, en su mayor parte no es sino la respuesta a la oferta de las editoriales privadas y de los agentes literarios españoles. No ocurre así con los clásicos, cuya traducción obedece a una demanda más «auténtica» (no hay que olvidar la gran significación del hispanismo en el ámbito universitario internacional y sus repercusiones en la traducción y difusión de la literatura española).
Dentro del apartado de los clásicos, Cervantes es el autor con mayor número de solicitudes (se puede afirmar que no hay traducción actual de El Quijote que no haya sido financiada en parte con estas ayudas) seguido de Lope de Vega y San Juan de la Cruz. Otro de los clásicos más difundidos es La Regenta de Clarín y, cada vez más, las obras de Benito Pérez Galdós, en particular Fortunata y Jacinta, cuya traducción al neerlandés ha gozado este año de ayuda, como en años anteriores lo fue al sueco y a otros idiomas.
En 1997 dichas ayudas han supuesto una dotación de más de 60 millones de pesetas, lo que supone una reducción importante si tenemos en cuenta que para 1991 estaba asignada la misma cantidad, o incluso la rebasaban para traducir a otros idiomas a un centenar de autores españoles de distintas épocas.
La repercusión de estas ayudas (y de las ayudas similares que existen en la Unión Europea y que veremos a continuación) en los países receptores así como su recepción por parte de la crítica, merecería un análisis más minucioso que en este caso se ve dificultado por la ausencia de datos fiables o tan siquiera cuantificables. También los agentes literarios y los departamentos de venta de derechos internacionales de las editoriales tendrían mucho que decir sobre esto y sobre la difusión cultural en general.
En cuanto a los premios, el Ministerio de Educación y Cultura convoca en la actualidad un solo Premio Nacional de Traducción con dos modalidades: a la mejor traducción publicada durante el año anterior y al conjunto de la obra de un traductor. Los Premios Nacionales han sufrido un franco retroceso pues además de los ya citados existían anteriormente un Premio Nacional de Traducción de Libros Infantiles y Juveniles (1978-1993), un Premio Nacional de Traducción entre Lenguas Españolas (1980-1984) y un Premio Nacional de Fomento de la Traducción de Autores Españoles a otros idiomas (1980-1984).
La ausencia de un premio como este último contrasta con la proliferación de galardones y becas a traductores extranjeros, como los que conceden la Embajadas de Francia, Alemania y Austria. Una excepción, es el recién creado Premio Valle-Inclán al mejor traductor al inglés de obras españolas, promovido por la Sociedad de Autores británica y financiado por el Instituto Cervantes, la Consejería de Educación del Ministerio de Educación y Cultura y la Oficina cultural de la Embajada de España en Londres 35. También las instituciones autonómicas otorgan premios de traducción a sus respectivas lenguas (vasca, catalana y gallega) 36.
Las instituciones privadas que fomentan la traducción son muy escasas. Una de ellas es la Fundación Consuelo Berges, creada por esta traductora en 1982 con el fin de desarrollar y fomentar la traducción de obras de lengua francesa en general y, en particular, con el fin de conceder el Premio Stendhal (autor de cuya obra fue traductora y estudiosa la fundadora) para premiar la mejor traducción del francés al español publicada durante el año anterior.
Excepto una primera edición concedida en vida de Consuelo Berges, el premio empezó a otorgarse anualmente a partir de su muerte (1987) y va ya por su séptima edición. También hay que mencionar la Escuela de Traductores de Toledo, dependiente de la Universidad de Castilla-La Mancha y especialmente volcada a las relaciones entre las «tres culturas», desde la perspectiva de la traducción literaria.
Aunque vinculada al ámbito universitario, quiero consignar aquí la existencia de otra Institución española relacionada con la traducción, en particular con la traducción científica y con uno de su principales instrumentos: la terminología. Se trata del CINDOC, Centro de Información y Documentación Científica, organismo dependiente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, que cuenta además con un Servicio de Traducciones y edita un Catálogo de Traducciones y otras publicaciones relacionadas con la terminología científica y la traducción 37.
También los organismos internacionales, UNESCO y CEE, mantienen programas de ayuda a la traducción literaria y a otras manifestaciones de la traducción como son la formación y la investigación. Concretamente la UNESCO lleva practicando desde 1948 un programa de ampliación y enriquecimiento del patrimonio literario internacional mediante la traducción a idiomas de gran difusión como el francés, el inglés y el español, de obras literarias escritas en lenguas de menor difusión. De ahí ha surgido la Colección UNESCO de obras representativas en las que se favorece, en particular, las obras de poesía aunque también se contemplan los demás géneros literarios. La selección corre a cargo de comités de expertos nombrados por las Comisiones Nacionales y las ONG.
La UNESCO es la responsable de un ambicioso repertorio de traductores, el Index Translationum, que merecería una seria revisión en su planteamiento como puede comprobar cualquier traductor que consulte su entrada correspondiente. Como ya se ha mencionado es posible consultarlo en las redes informáticos y también se difunde en forma de disco óptico (CD-ROM), con todas las traducciones registradas en la base de datos XTRANS, de 1979 a 1993 (volúmenes 32 a 45 del Index impreso) o sea, más de 500.000 referencias (equivalente a 13 volúmenes impresos) que, en principio, es actualizado anualmente.
Además la UNESCO mantiene un estrecho contacto con la Federación Internacional de Traductores (FIT), que incluye programas de formación de traductores y varios tipos de premios: uno para a una traducción literaria, otro a una traducción científica, otro para una traducción de literatura infantil y otro más para premiar la traducción de una lengua de difusión limitada.
La UNESCO presta también apoyo técnico y financiero a otras instituciones, como por ejemplo el Servicio Iberoamericano de Información sobre la Traducción (SIIT), centro cuyo objetivo es la difusión de informaciones en el campo de la traducción, la interpretación, la terminología y la lingüística aplicada, a través de un boletín y de otras de publicaciones 38, o la Unión Latina, organización intergubernamental que reúne a treinta estados cuyo idioma oficial o nacional es una lengua neolatina, entre ellos España, como es natural. Sus objetivos son el desarrollo y fomento de los idiomas y la cultura latinos en todos sus aspectos.
Incluye diferentes programas de acción en los campos relacionados con todos esos temas. El llamado Segundo Programa desarrolla actividades de investigación, recolección de datos, información e intermediación en todo lo que concierne a las lenguas latinas en materia de terminología científico-técnica y trabaja en estrecha colaboración con las instituciones de todos los países a los que pertenece. Organiza exposiciones y conferencias sobre lingüística, terminología, lingüística informática y edición de diccionarios, así como diferentes publicaciones y repertorios 39.
En cuanto a la Unión Europea, en 1957 lanzó un programa de ayuda a la traducción de obras literarias escritas en lenguas europeas de menor difusión pero la experiencia se abandonó en 1967 al no dar el resultado apetecido. En 1989, dentro del Programa Ariane, se aprobó un proyecto piloto de ayuda financiera a las traducciones de obras literarias contemporáneas. En 1997, se ha aplicado por primera vez el programa Ariane como programa comunitario, adoptado por un periodo de dos años con un presupuesto global de siete millones de ecus, de los cuales, 2,3 millones están destinados a la traducción y promoción del libro y de la lectura y que se articula en torno a tres tipos de acciones:
El Programa Ariane apoya también al premio Aristeion en sus dos vertientes: el premio europeo de traducción y el premio europeo de literatura 40.
Uno de los logros más brillantes de los apoyos a la traducción lo constituyen los Colegios Internacionales de Traducción Literaria o Casas del Traductor que se crearon hace ya veinte años para servir de lugar de residencia, estudio y trabajo de los traductores literarios. Se rigen, de manera informal aunque consensual, por la llamada «Carta de Prócida» (Italia, 1991), ratificada por la Resolución de Budmerice (Eslovaquia, 1996).
En la actualidad hay unos catorce centros diseminados por toda Europa (incluida Europa del Este) 41. Los más consolidados y «modélicos» son los de Straelen (Alemania) que fue el pionero, y Arles (Francia). En España la Casa del Traductor está situada en Tarazona y es también una de las más antiguas. Estos centros no obedecen a ninguna denominación o estructura homogénea y se organizan en función de sus posibilidades y de las personas que los dirigen, aunque todos están animados por el mismo espíritu. Más allá de las variantes regionales o nacionales, un Colegio o Casa de traductores literarios se define como un lugar de trabajo y de investigación, dotado de una infraestructura de alojamiento para los traductores literarios que suelen trabajar con la lengua del país anfitrión, y que dispone de los elementos necesarios para que los residentes lleven a cabo su trabajo.
Es también un lugar de encuentro y de intercambio para los traductores de todas las nacionalidades (incluidos los autores que quieran trabajar con sus traductores), teóricos de la traducción, lingüistas, lexicólogos, profesionales del libro y universitarios, y un centro de documentación dotado de biblioteca especializada en traducción (revistas, diccionarios de todo tipo, obras literarias originales y traducidas). Cada Colegio es autónomo y puede actuar libremente dentro de su contexto nacional, manteniendo con las demás Casas una política fluida de información e intercambio de proyectos, presupuestos, estatuto jurídico, normas de funcionamiento y publicaciones e intentando encontrar interlocutores y modos de actuación similares.
Ante la proliferación de centros por toda Europa, la Red de Colegios ha perfilado recientemente los criterios fundamentales para la creación de nuevos Colegios: La voluntad de una persona, un grupo o una asociación que apoye el proyecto del Colegio en relación con su área, ya sea geográfica o lingüística, o literaria (en aquellos casos en los que se trata de asumir la difusión y defensa de una literatura nacional); una base jurídica, unas raíces, es decir, la implantación de la Casa (si ello es posible) en un entorno con patrimonio cultural ( bien sea monumento, ciudad o región); un lugar de residencia permanente que permita el trabajo individual, así como los intercambios intelectuales en un ambiente de cordialidad; las herramientas de trabajo adecuadas: biblioteca, material informático y acceso a bases de datos; medios económicos para el equipamiento y el funcionamiento permanente (gastos de personal, mantenimiento, compra de material y de libros) y la financiación de lo que la «Carta de Prócida» llamó los «efectos secundarios»: publicaciones, coloquios, seminarios, encuentros con escritores, premios de traducción, sin olvidar las ayudas para la dotación de becas para los residentes, medios para promover la circulación de las obras y las ideas, y apoyar a lenguas (y por tanto las literaturas) «minoritarias» o de débil difusión, aunque sean mayoritarias numéricamente (chino, ruso, etc.).
La «Resolución de Budmerice» consolida el derecho a la originalidad e independencia de cada Colegio de traductores literarios en cuanto a sus proyectos, financiación y funcionamiento en un país dado, pero considera una necesidad vital el apoyo financiero de las Instituciones Europeas (Unión Europea y Consejo de Europa) dentro de la política de apoyo al libro y a la lectura, en la que, como ya hemos visto, la traducción literaria juega un papel esencial.
Los Colegios de traductores literarios obedecen, como se ha dicho, a iniciativas individuales o asociativas, apoyadas moral y económicamente ante todo por la Comisión Europea pero también por el Consejo de Europa y, de una manera que varía según el país, por los ministerios, comunidades autónomas, municipios, ayuntamientos y etcétera e incluso por instituciones privadas que se reparten entre ellos los gastos de becas, encuentros, coloquios, compra de libros o publicaciones 42.