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Asunto:
Significado de un término económico
La dirección de este hilo es: http://cvc.cervantes.es/foros/leer_asunto1.asp?vCodigo=43970
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Autor: Marcela Croitoru |
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Título: Significado de un término económico |
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Fecha y hora:
lunes, 04 de marzo de 2013, 18:39 h |
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Buenas tardes, estimados foristas:
Quisiera saber qué significa «indemnización en diferido», noción económica que he encontrado en el discurso de María Dolores de Cospedal, una importante personalidad política:
«La indemnización que se pactó fue una indemnización en diferido y como fue una indemnización en diferido en forma efectivamente de simulación de...de simulación o de lo que hubiera sido en diferido en partes de una lo que antes era, una retribución tenía que tener la retención a la seguridad social... es que si no hubiera sido».
Pueden escuchar el respectivo discurso a través de este enlace.
Muchas gracias.
Saludos.
Marcela
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Autor: Sebastián Santoyo García |
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Título: En diferido |
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Fecha y hora:
martes, 05 de marzo de 2013, 08:15 h |
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Hola,
La señora De Cospedal se refiere a que el PP, en vez de dar a Bárcenas una indemnización en una sola entrega, lo han hecho en varias.
En algunos ERE, el trabajador "eredado", en vez de recibir de su empresa una cantidad y acabar la relación, recibe un tanto por ciento de su sueldo mensualmnete, simulando una paga, durante varios años. Incluso se puede pactar un convenio especial con la Seguridad Social, que paga la empresa.
Es a eso a lo que se refiere. No quiero decir que sea un caso igual sino que lo ha presentado como un caso semejante a un ERE.
Algunos "eredados" (y algunos candidatos a "eredados" que yo conozco muy bien) firmarían sin pensarlo ciertos despidos.
Un saludo,
Sebastián
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Autor: Ignacio Frías |
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Título: ¡Estos políticos! |
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Fecha y hora:
jueves, 07 de marzo de 2013, 21:50 h |
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La señora De Cospedal, abogada del Estado y en contra de su costumbre, no estuvo especialmente brillante en la declaración a que te refieres.
Hablamos de una modalidad de despido con pago de la indemnización prorrateado mes a mes. Indemnización que debe ingresarse en cuenta abierta a nombre del trabajador en el Banco de España e invertirse en deuda pública por un importe de tres días de trabajo por mes cotizado.
Naturalmente, sujeta a retención tanto por parte de Hacienda como de la Seguridad Social.
Un beso
Nacho
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Autor: Marcela Croitoru |
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Título: Gracias |
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Fecha y hora:
viernes, 08 de marzo de 2013, 14:27 h |
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Buenas tardes, Sebastián y Nacho:
Me pregunto si la "indemnización en diferido" por despido del trabajador es legal.
Alguien se ha dirigido a una asesoría laboral y, utilizando el mismo "discurso", le ha preguntado a un profesional que, como yo, no ha entendido nada.
Muchas gracias.
Saludos.
Marcela
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